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Conflicto entre miembros de comisión investigadora.

Piura, 21/06/2018

 

El día de ayer se presentó ante el Consejo Regional el Dictamen en minoría suscrito por el Presidente de la Comisión Investigadora del caso IRREGULARIDADES EN EL PROCESO ARBITRAL Y LAUDO ARBITRAL ENTRE CAMARGO CORREA Y GOBIERNO REGIONAL PIURA, CPC Eligio Sarango Albujar del cual como Secretaría Técnica Anticorrupción tomamos conocimiento y elevaremos a las instancias respectivas a efecto que tomen en cuenta sus recomendaciones:

a) EXHORTAR al Gobernador Regional reevalúe la permanencia en el cargo de confianza de los funcionarios señalados en líneas arriba y de aquellos que también resulten responsables al ser evaluada por los órganos competentes su participación y con ello responsabilidad; ello conforme a lo antes esgrimidos.

b) EXHORTAR al Gobernador Regional, para que realice la DESIGNACIÓN DE LOS PROCURADORES AD HOC conforme a Ley, bajo estricta responsabilidad.

c) DISPONER que la Gerencia General Regional recomiende a la Secretaria Técnica del Órgano Instructor de la Responsabilidad Administrativa correspondiente, incoe procesos disciplinarios administrativos a efectos de que precalifique las presuntas faltas en las que habrían incurrido los funcionarios citados líneas arriba y demás que resulten responsables; ello en virtud de los hechos detallados en el presente informe.

d) DISPONER que a través de la Secretario del Consejo Regional se ponga en conocimiento el presente informe a la Oficina Regional de Control Institucional a efecto que evalúe la realización permanente de las labores de control en actos similares como el presente para actos preventivos.

e) DISPONER que a través de la Secretario del Consejo Regional se ponga en conocimiento el presente informe a la Fiscalía Supranacional en virtud de lo estipulado en la Resolución Fiscal de la Nación No. 1833-2012-MP-FN, toda vez que los presuntos delitos que se han cometido se subsumen en aquellos que dicha fiscalía debe de investigar. Debiendo derivar todo lo actuado en copias fedateadas.

f) DISPONER que a través del Secretario del Consejo Regional se ponga en conocimiento el presente informe a la Comisión LAVAJATO del Congreso de la República para que la misma en base a las atribuciones que le han sido conferidas evalúe los actos administrativos la omisión de los mismos en base al deber de cumplimiento que debieron de realizar cada uno de los partícipes y que no se ha efectuado conforme a Ley.

g) DISPONER que a través de la Secretario del Consejo Regional se ponga en conocimiento el presente informe al Consejo de Defensa Jurídica del Estado Del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.


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